
Con objeto de facilitar a los clientes la gestión de los documentos de traslado de residuos, aquellos que trasladen residuos al centro Montemarta-Cónica, deben subir el documento de identificación (DI) a nuestra plataforma siguiendo los pasos siguientes:
Se distribuirá un video explicativo con las instrucciones a seguir, para activar y utilizar esta herramienta y, se prevé comenzar con este nuevo sistema de trabajo a lo largo de la semana del 17 de marzo.
Los clientes deben de tener en cuenta que para los documentos de traslado de residuos que no requieran Notificación previa es obligatorio que se rellenen DIGITALMENTE Y QUE SEAN SUBIDOS A LA PLATAFORMA DIRECTAMENTE.
Previo a la gestión de residuos en las instalaciones de Montemarta-Cónica, es preciso formalizar previamente un contrato de tratamiento entre el operador del traslado y ABORGASE como destinatario de los residuos, según establece el Real Decreto 553/2020, de 2 de junio, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.
En este contrato se describen los residuos según LER (Lista Europea de Residuos) y los códigos de Tratamientos según Ley de Residuos.
Una vez formalizado el Contrato de tratamiento, debe tramitarse la «Solicitud de gestión de residuos no peligrosos» en la Mancomunidad de los Alcores para los residuos descritos y codificados en el Contrato de Tratamiento.
Según establece el Real Decreto 553/2020, los traslados sujetos a Notificación Previa al Traslado (NPT) son:
En estos casos, la NPT deberá tramitarse de forma telemática a través de la plataforma SIRA (Sistema de Información de Residuos de Andalucia), al menos con 10 días de antelación a la realización del primer traslado. Al mismo tiempo, para cada traslado es necesario realizar el Documento de Identificación (DI) también en SIRA, vinculado a la NPT correspondiente.
Por otro lado, para los traslados que no estén sujetos a Notificación Previa, no es obligatorio el uso de la plataforma SIRA. Sin embargo, sí se requiere un Documento de Identificación desde el origen hasta su recepción en la instalación de destino, como establece el Anexo III del Real Decreto 553/2020. Como referencia, se adjuntan los formatos oficiales correspondientes al Real Decreto 553/2020.